POR RESPETO A LAS MUJERES Y A LA PATRIA: NO A PROYECTOS DE LEY QUE PRETENDEN ARRIESGAR LA SALUD Y USURPAR LAS FUNCIONES DEL OBSTETRA

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Al presidente de la República, al presidente del Congreso, a la ministra de Salud, a los ministros de Estado, a los señores congresistas, a los obstetras de todo el Perú y al público en general:

El Colegio de Obstetras del Perú, en representación de 39 000 profesionales obstetras a nivel nacional, manifiesta su TOTAL RECHAZO a la pretensión del Colegio de Enfermeros del Perú de querer consolidar la usurpación de funciones enmarcadas en las leyes de trabajo de otras profesiones de las ciencias sociales y de la salud, y en particular de obstetras; funciones establecidas en la Ley N° 27853, Ley de Trabajo del Obstetra, y su Reglamento, mediante el PROYECTO DE LEY N° 06474, P.L. QUE MODIFICA LA LEY N° 27669, Ley del Trabajo de la Enfermera(o), presentado al Congreso de la República, por lo que hacemos de su conocimiento lo siguiente:

  1. La profesión de Obstetricia fue creada en el Perú hace 194 años (10 de octubre de 1826), cuyas competencias reconocidas a lo largo de casi dos siglos contribuyen en la solución efectiva de los problemas de la salud sexual y reproductiva. Los obstetras se encuentran en los lugares más alejados de nuestro país, siendo reconocidos por organismos internacionales como la OMS, OPS, UNFPA, entre otros, y considerados por la Organización Mundial de la Salud como la fuerza laboral más importante al servicio de las mujeres, denominando el 2020 como el “Año Internacional del Obstetra”, en reconocimiento al trabajo que realizan a favor de la salud materna, perinatal y la salud sexual y reproductiva de la mujer, familia y comunidad. Comprometidos con la salud pública del país, los obstetras forman parte del equipo multidisciplinario de salud y durante la pandemia trabaja en primera línea de lucha contra la COVID-19.
  2. El país ha creado hace casi dos siglos la profesión de obstetricia, invirtiendo anualmente millones de soles en su formación en más de 20 universidades licenciadas por la Sunedu, con un enfoque en promoción, protección y prevención de riesgos y daños, recuperación y rehabilitación de la salud. Además, los obstetras costean los gastos para realizar estudios de segunda especialización, invierten para su certificación profesional, y su ejercicio profesional está regulado por leyes y otras normas, por lo que el obstetra ejerce sus funciones por formación, competencias y ley en todos los establecimientos de salud públicos y privados donde se atiende la salud sexual y reproductiva de la población, en particular, en los servicios de atención a la mujer en el embarazo, parto y puerperio normal y complicado.
  3. Los obstetras del Perú son profesionales de la salud cuyas funciones en la atención de la mujer, en las gestantes y puérperas se deben respetar, no solo por ley, sino, entre otros aspectos, por lo siguiente:
    • La competencia del obstetra en salud materna perinatal la adquiere a lo largo de 6 años por formación universitaria.
    • La formación del obstetra tiene un enfoque en promoción, protección y prevención de riesgos y daños, recuperación y rehabilitación de la salud dentro de sus competencias, brindando atención integral, integrada y especializada en todas las etapas de vida.
    • Ejerce sus funciones en los diferentes niveles de atención con respaldo de su ley de profesión, reglamento de la misma y perfil profesional.
    • El obstetra provee, oferta y administra atención obstétrica, con facultad para examinar, diagnosticar, prescribir y administrar tratamiento en forma científica, humanística, tecnológica, sistematizada y coordinada con otros profesionales de salud.
    • Participa en el manejo del alto riesgo obstétrico, emergencias y complicaciones obstétricas con el médico especialista en ginecología y obstetricia.
    • Es la fuerza laboral que se identifica con las poblaciones más necesitadas, tiene arraigo en el primer nivel de atención, donde realiza la actividad final que la ley le confiere.
    • Sus competencias son indispensables para que las mujeres reciban atención en salud y no fallezcan o queden enfermas a consecuencia del embarazo, parto o posparto.
    • La OMS señala por estudios mundiales que donde hay obstetras la muerte materna y de recién nacidos se reduce cada vez más y más rápido.
    • Los gobiernos han acordado incrementar el número de obstetras para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
  4. Es importante que los colegios profesionales busquemos mejorar la situación de nuestros profesionales, la cual se ha visto agravada por la pandemia, pero es INACEPTABLE el aprovechamiento del estado de emergencia sanitaria para pretender obtener beneficios particulares, y con afán expansionista atropellar derechos constitucionales de los obstetras y demás profesionales de la salud, vulnerando así el derecho al trabajo, sin reparar que ponen en riesgo la salud pública del país, desconociendo la existencia del profesional obstetra.

A través del proyecto se pretende, entre otros aspectos:

  • Lograr ejecutar funciones distintas a su formación.
  • Dirigir y hacer propia de una sola profesión, la prevención y promoción de la salud, desconociendo que los lineamientos, estrategias, planes, programas, metas, actividades preventivo promocionales, la atención integral de adolescentes, jóvenes, adultos mayores, la prevención de la violencia, en instituciones públicas y privadas, son actividades y funciones multidisciplinarias y transversales de todas las profesiones de la salud y no de exclusividad de un solo grupo profesional como se pretende en la propuesta legislativa.
  • Prohibir y sancionar funciones adquiridas durante la historia, formación y ley de los profesionales obstetras, e incongruentemente pretender calificar de intrusismo funciones que desarrollan, establecidas en su marco normativo.
  • Modificar la estructura del Ministerio de Salud (Minsa), promoviendo el poder hegemónico de un grupo profesional, acto discriminatorio que vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades de todos los profesionales de la salud, suscitando la toma de decisiones antidemocráticas y excluyentes.

RECHAZAMOS:

  • La pretensión de realizar funciones que no les corresponde por NO ser parte de su formación académica.
  • El desconocimiento del marco jurídico, principalmente de la Ley de Trabajo del Obstetra N° 27853, y su Reglamento.
  • El aprovechamiento de la crisis sanitaria para invadir funciones y generar más daño a la salud pública, mayor crisis, disociación y conflictos en el equipo de salud.
  • La elaboración de un proyecto de ley con intereses particulares, contraponiéndose al interés general de priorizar la salud de la población peruana.

DENUNCIAMOS que en la actualidad existen lugares donde, en complicidad con malos funcionarios, amparados en normas de menor rango que la ley y por presión gremial, han asignado funciones a enfermeros de forma ilegal, poniendo en riesgo la salud de pacientes, pretendiendo ahora, convalidarlo con una ley; asimismo, encubiertamente vienen realizando especialidades que no les corresponde, con el afán de apoderarse de las funciones del obstetra.

EXHORTAMOS A LOS SEÑORES CONGRESISTAS:

  • A observar el citado proyecto, a fin de no contravenir el ordenamiento jurídico existente, evitando la invasión de las funciones del Obstetra y demás profesionales de la salud, lo cual genera mayor gasto al Estado, así como conflictos innecesarios entre profesionales de la salud.
  • A legislar con respeto al ordenamiento jurídico y leyes de trabajo de los profesionales de la salud.

MARGARITA PÉREZ SILVA

Decana Nacional

 

GRETEL MARTÍNEZ PADILLA

Vicedecana Nacional

 

MARLON CARRANZA SALAS

Secretario Nacional Administrativo

 

ESTEFANÍA LECCA SÁNCHEZ

Secretaria Nacional A. Externos

 

ROSARIO ARGÜELLES VIZARRETA

Secretaria Nacional de A. Internos

 

ROCÍO LAVADO CASTRO

Tesorera Nacional

 

ELIZABETH ALCA ROBLES

Primera Vocal Nacional

 

MILAGROS VILLAFANA CANTA

Segunda Vocal Nacional

 

LUIS A. OBREGÓN GAMBOA

Decano CRO  I Piura

 

LUIS A. MORALES VERGARA

Decano CRO  II La Libertad

 

MIRIAN ROJAS AGUEDO

Decana CRO III Lima Callao

 

YDA LUZ VELÁSQUEZ V.

Decana CRO  IV Arequipa

 

JANE LIZ HUARAC LUNA

Decana CRO  V Ica

ROBERTO SOTOMAYOR V.

Decano CRO VI Junin

 

PABLO CUBA AUCASIME

Decano CRO  VII Ayacucho

 

FILOMENA MANRIQUE FLOREZ

Decana CRO  VIII Puno

 

LUIS E. SÁNCHEZ GUZMÁN

Decano CRO  IX Ancash Huaraz

 

LILIANA C. LAIME MOLINA

Decana CRO X Cusco

 

ADA YUDI RIOS QUEZADA

Decana CRO  XI Lambayeque

 

BERNARDINO DAMIÁN LOPEZ

Decano CRO  XII Tacna

 

EDGARDO LAVI RUÍZ

Decano CRO  XIII San Martin

 

SILVIA ALFARO REVILLA

Decana CRO  XIV Cajamarca

 

MANUELA V. CÁCERES OTERO

Decana CRO  XV A. Chimbote

 

MELISA M. HIDALGO HERRERA

Decana CRO  XVI Loreto

 

MARICELA L. MARCELO ARMAS

Decana CRO XVII Huánuco

CYNTHIA M. DIAZ FERREYRA

Decana CRO  XVIII Tumbes

 

ROCÍO M. VILLAVICENCIO C.

Decana CRO  XIX Ucayali

 

ANA VELASQUEZ de VALDIVIA

Decana CRO  XX Moquegua

 

VIANNEY M.DÍAZ ILIQUIN

Decana CRO XXI Amazonas

 

GRETTY CUCHULA PALOMARES

Decana CRO  XXII Huancavelica

 

ROSARIO J. ALARCÓN JUÁREZ

Decana CRO  XXIII Apurímac

 

LOURDES M.SALVADOR FLORES

Decana CRO  XXIV Madre de Dios

 

LOLA M. CHIRRE INOCENTE

Decana CRO  XXV Pasco

 

SATURNINA T. CCANCCE M.

Decana CRO  XXVI A.Andahuaylas

OBSTETRAS EN PRIMERA LÍNEA EN LA LUCHA CONTRA LA PANDEMIA

POR RESPETO A LA SALUD DE LA POBLACIÓN
NO A PROYECTOS DE LEY QUE QUIEREN INVADIR LAS FUNCIONES DEL OBSTETRA

¡NI UN PASO ATRÁS, NI UNA FUNCIÓN MENOS!

¡Obstetras para todos, Perú con futuro!

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