Al presidente de la República, al presidente del Congreso, a la ministra de Salud, a los ministros de Estado, a los señores congresistas, a los obstetras de todo el Perú y al público en general:
El Colegio de Obstetras del Perú, en representación de 39 000 profesionales obstetras a nivel nacional, manifiesta su TOTAL RECHAZO a la pretensión del Colegio de Enfermeros del Perú de querer consolidar la usurpación de funciones enmarcadas en las leyes de trabajo de otras profesiones de las ciencias sociales y de la salud, y en particular de obstetras; funciones establecidas en la Ley N° 27853, Ley de Trabajo del Obstetra, y su Reglamento, mediante el PROYECTO DE LEY N° 06474, P.L. QUE MODIFICA LA LEY N° 27669, Ley del Trabajo de la Enfermera(o), presentado al Congreso de la República, por lo que hacemos de su conocimiento lo siguiente:
- La profesión de Obstetricia fue creada en el Perú hace 194 años (10 de octubre de 1826), cuyas competencias reconocidas a lo largo de casi dos siglos contribuyen en la solución efectiva de los problemas de la salud sexual y reproductiva. Los obstetras se encuentran en los lugares más alejados de nuestro país, siendo reconocidos por organismos internacionales como la OMS, OPS, UNFPA, entre otros, y considerados por la Organización Mundial de la Salud como la fuerza laboral más importante al servicio de las mujeres, denominando el 2020 como el “Año Internacional del Obstetra”, en reconocimiento al trabajo que realizan a favor de la salud materna, perinatal y la salud sexual y reproductiva de la mujer, familia y comunidad. Comprometidos con la salud pública del país, los obstetras forman parte del equipo multidisciplinario de salud y durante la pandemia trabaja en primera línea de lucha contra la COVID-19.
- El país ha creado hace casi dos siglos la profesión de obstetricia, invirtiendo anualmente millones de soles en su formación en más de 20 universidades licenciadas por la Sunedu, con un enfoque en promoción, protección y prevención de riesgos y daños, recuperación y rehabilitación de la salud. Además, los obstetras costean los gastos para realizar estudios de segunda especialización, invierten para su certificación profesional, y su ejercicio profesional está regulado por leyes y otras normas, por lo que el obstetra ejerce sus funciones por formación, competencias y ley en todos los establecimientos de salud públicos y privados donde se atiende la salud sexual y reproductiva de la población, en particular, en los servicios de atención a la mujer en el embarazo, parto y puerperio normal y complicado.
- Los obstetras del Perú son profesionales de la salud cuyas funciones en la atención de la mujer, en las gestantes y puérperas se deben respetar, no solo por ley, sino, entre otros aspectos, por lo siguiente:
- La competencia del obstetra en salud materna perinatal la adquiere a lo largo de 6 años por formación universitaria.
- La formación del obstetra tiene un enfoque en promoción, protección y prevención de riesgos y daños, recuperación y rehabilitación de la salud dentro de sus competencias, brindando atención integral, integrada y especializada en todas las etapas de vida.
- Ejerce sus funciones en los diferentes niveles de atención con respaldo de su ley de profesión, reglamento de la misma y perfil profesional.
- El obstetra provee, oferta y administra atención obstétrica, con facultad para examinar, diagnosticar, prescribir y administrar tratamiento en forma científica, humanística, tecnológica, sistematizada y coordinada con otros profesionales de salud.
- Participa en el manejo del alto riesgo obstétrico, emergencias y complicaciones obstétricas con el médico especialista en ginecología y obstetricia.
- Es la fuerza laboral que se identifica con las poblaciones más necesitadas, tiene arraigo en el primer nivel de atención, donde realiza la actividad final que la ley le confiere.
- Sus competencias son indispensables para que las mujeres reciban atención en salud y no fallezcan o queden enfermas a consecuencia del embarazo, parto o posparto.
- La OMS señala por estudios mundiales que donde hay obstetras la muerte materna y de recién nacidos se reduce cada vez más y más rápido.
- Los gobiernos han acordado incrementar el número de obstetras para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
- Es importante que los colegios profesionales busquemos mejorar la situación de nuestros profesionales, la cual se ha visto agravada por la pandemia, pero es INACEPTABLE el aprovechamiento del estado de emergencia sanitaria para pretender obtener beneficios particulares, y con afán expansionista atropellar derechos constitucionales de los obstetras y demás profesionales de la salud, vulnerando así el derecho al trabajo, sin reparar que ponen en riesgo la salud pública del país, desconociendo la existencia del profesional obstetra.
A través del proyecto se pretende, entre otros aspectos:
- Lograr ejecutar funciones distintas a su formación.
- Dirigir y hacer propia de una sola profesión, la prevención y promoción de la salud, desconociendo que los lineamientos, estrategias, planes, programas, metas, actividades preventivo promocionales, la atención integral de adolescentes, jóvenes, adultos mayores, la prevención de la violencia, en instituciones públicas y privadas, son actividades y funciones multidisciplinarias y transversales de todas las profesiones de la salud y no de exclusividad de un solo grupo profesional como se pretende en la propuesta legislativa.
- Prohibir y sancionar funciones adquiridas durante la historia, formación y ley de los profesionales obstetras, e incongruentemente pretender calificar de intrusismo funciones que desarrollan, establecidas en su marco normativo.
- Modificar la estructura del Ministerio de Salud (Minsa), promoviendo el poder hegemónico de un grupo profesional, acto discriminatorio que vulnera el derecho a la igualdad de oportunidades de todos los profesionales de la salud, suscitando la toma de decisiones antidemocráticas y excluyentes.
RECHAZAMOS:
- La pretensión de realizar funciones que no les corresponde por NO ser parte de su formación académica.
- El desconocimiento del marco jurídico, principalmente de la Ley de Trabajo del Obstetra N° 27853, y su Reglamento.
- El aprovechamiento de la crisis sanitaria para invadir funciones y generar más daño a la salud pública, mayor crisis, disociación y conflictos en el equipo de salud.
- La elaboración de un proyecto de ley con intereses particulares, contraponiéndose al interés general de priorizar la salud de la población peruana.
DENUNCIAMOS que en la actualidad existen lugares donde, en complicidad con malos funcionarios, amparados en normas de menor rango que la ley y por presión gremial, han asignado funciones a enfermeros de forma ilegal, poniendo en riesgo la salud de pacientes, pretendiendo ahora, convalidarlo con una ley; asimismo, encubiertamente vienen realizando especialidades que no les corresponde, con el afán de apoderarse de las funciones del obstetra.
EXHORTAMOS A LOS SEÑORES CONGRESISTAS:
- A observar el citado proyecto, a fin de no contravenir el ordenamiento jurídico existente, evitando la invasión de las funciones del Obstetra y demás profesionales de la salud, lo cual genera mayor gasto al Estado, así como conflictos innecesarios entre profesionales de la salud.
- A legislar con respeto al ordenamiento jurídico y leyes de trabajo de los profesionales de la salud.
MARGARITA PÉREZ SILVA
Decana Nacional
GRETEL MARTÍNEZ PADILLA
Vicedecana Nacional
MARLON CARRANZA SALAS
Secretario Nacional Administrativo
ESTEFANÍA LECCA SÁNCHEZ
Secretaria Nacional A. Externos
ROSARIO ARGÜELLES VIZARRETA
Secretaria Nacional de A. Internos
ROCÍO LAVADO CASTRO
Tesorera Nacional
ELIZABETH ALCA ROBLES
Primera Vocal Nacional
MILAGROS VILLAFANA CANTA
Segunda Vocal Nacional
LUIS A. OBREGÓN GAMBOA
Decano CRO I Piura
LUIS A. MORALES VERGARA
Decano CRO II La Libertad
MIRIAN ROJAS AGUEDO
Decana CRO III Lima Callao
YDA LUZ VELÁSQUEZ V.
Decana CRO IV Arequipa
JANE LIZ HUARAC LUNA
Decana CRO V Ica
ROBERTO SOTOMAYOR V.
Decano CRO VI Junin
PABLO CUBA AUCASIME
Decano CRO VII Ayacucho
FILOMENA MANRIQUE FLOREZ
Decana CRO VIII Puno
LUIS E. SÁNCHEZ GUZMÁN
Decano CRO IX Ancash Huaraz
LILIANA C. LAIME MOLINA
Decana CRO X Cusco
ADA YUDI RIOS QUEZADA
Decana CRO XI Lambayeque
BERNARDINO DAMIÁN LOPEZ
Decano CRO XII Tacna
EDGARDO LAVI RUÍZ
Decano CRO XIII San Martin
SILVIA ALFARO REVILLA
Decana CRO XIV Cajamarca
MANUELA V. CÁCERES OTERO
Decana CRO XV A. Chimbote
MELISA M. HIDALGO HERRERA
Decana CRO XVI Loreto
MARICELA L. MARCELO ARMAS
Decana CRO XVII Huánuco
CYNTHIA M. DIAZ FERREYRA
Decana CRO XVIII Tumbes
ROCÍO M. VILLAVICENCIO C.
Decana CRO XIX Ucayali
ANA VELASQUEZ de VALDIVIA
Decana CRO XX Moquegua
VIANNEY M.DÍAZ ILIQUIN
Decana CRO XXI Amazonas
GRETTY CUCHULA PALOMARES
Decana CRO XXII Huancavelica
ROSARIO J. ALARCÓN JUÁREZ
Decana CRO XXIII Apurímac
LOURDES M.SALVADOR FLORES
Decana CRO XXIV Madre de Dios
LOLA M. CHIRRE INOCENTE
Decana CRO XXV Pasco
SATURNINA T. CCANCCE M.
Decana CRO XXVI A.Andahuaylas
OBSTETRAS EN PRIMERA LÍNEA EN LA LUCHA CONTRA LA PANDEMIA
POR RESPETO A LA SALUD DE LA POBLACIÓN
NO A PROYECTOS DE LEY QUE QUIEREN INVADIR LAS FUNCIONES DEL OBSTETRA
¡NI UN PASO ATRÁS, NI UNA FUNCIÓN MENOS!
¡Obstetras para todos, Perú con futuro!