CLEMENTINA LUZ LILIANA GARCÍA RIVERA

Hoja de vida​

  1. Artículo 53º. Son funciones y atribuciones del Primer Vocal Nacional:

    1. Presidir el Comité Asesor Permanente de Educación Profesional del Consejo Nacional.
    2. Organizar y dirigir las actividades científicas, educativas de capacitación e investigación.
    3. Promover e implementar estrategias para desarrollar las actividades de educación e investigación científica en los Consejos Regionales.
    4. Gestionar e implementar acciones y desarrollo en el SINADEPRO.
    5. Organizar y coordinar con las universidades, la actualización periódica del Perfil Profesional.
    6. Coordinar la participación del Colegio de Obstetras en las universidades para contribuir en la mejora de la formación profesional.
    7. Coordinar las actividades relacionadas con la acreditación de las instituciones formadoras.
    8. Elevar obligatoriamente al Consejo Directivo Nacional, un informe semestral sobre el estado de su área, con la opinión e informe debidamente firmado por el comité asesor respectivo.
    9. Presidir el Comité Asesor Permanente de Investigación Científica del Consejo Nacional.
    10. Cumplir, además, las funciones que le asigne el Consejo Nacional y el Consejo Directivo Nacional.

Colegio de Obstetras del Perú